Es el conjunto de cargos, horas cátedra y/o módulos asignados administrativa y presupuestariamente a cada uno de los establecimientos educativos. La POF rige con carácter obligatorio, es decir, para cualquier cambio de la misma (aumento o reducción de cargos, horas cátedra y/o módulos) debe ser aprobada por la autoridad competente.
Es el puesto de trabajo definido en función de una determinada carga horaria (organizada de acuerdo a horas reloj), y de determinadas tareas a desarrollar. Los cargos se clasifican en docentes y no docentes.
Es la unidad mínima de tiempo (40-50 minutos) para desarrollar actividades de enseñanza - aprendizaje en un establecimiento educativo. La hora cátedra constituye la unidad de medida más frecuente para la contratación de personal docente en nivel Secundario y SNU (aunque puede verificarse también en otros tipos de educación y ciclo / nivel). Las horas cátedra se destinan principalmente al dictado de clases, pero también pueden ser dedicadas a capacitación, actividades de extensión, investigación u otras.